Derecho de Petición al MinTIC sobre autorizaciones, documentos y posibles resoluciones de viajes.

Columna de opinión de Orlando Rojas PérezPor Orlando Rojas Pérez – Muchos comentarios recibidos, algunos de altos funcionarios, me obligaron a mirar con detalles, investigar y recibir documentos y fotografías del viaje de dos funcionarias del Ministerio TIC al Congreso Mundial de Móviles. Aparentemente y hasta dónde pudimos investigar no hay en el Ministerio TIC ni en la Presidencia de la República, ninguna solicitud, trámite y menos autorización de comisión – viaje al Congreso Mundial de Móviles, para:

A – Catalina Jiménez Villa -secretaria privada del viceministro de Conectividad Gabriel Jurado Parra, se encuentra en este momento asistiendo al Congreso Mundial de Móviles que se celebra en Barcelona.

B – Carolina Figueredo Carrillo -asesora Viceministerio de Conectividad Gabriel Jurado Parra- se encuentra en este momento asistiendo al Congreso Mundial de Móviles que se celebra en Barcelona.

Tampoco hay rastro de permisos o licencias no renumeradas.

Lo anterior no llevó a presentar, hace unos minutos, un Derecho de Petición al Ministerio TIC -repetimos al MinTIC, lo que presentamos no es un PQRSD es un DERECHO DE PETICIÓN- presentado por un periodista y debe recibir tramite preferencial.

 

TEXTO E IMÁGENES DEL DERECHO DE PETICIÓN
Bogotá, 28 de febrero de 2024

 

Respetados Señores
Ministerio TIC
Ministro TIC Mauricio Lizcano Arango
Viceministro de Conectividad Gabriel Jurado Parra
Secretaria General del Ministerio TIC Lina Paola Vacca Salinas

Referencia Derecho de Petición de información para periodista sobre autorizaciones, documentos y posibles resoluciones de desplazamientos.

Estimados Señores:

Yo, Orlando Rojas Pérez, identificado como aparece al pie de mi firma, como ciudadano y como periodista de Evaluamos.com, de conformidad con lo establecido en los artículos 20, 23, 73, 74 y 209 de la Constitución Política de Colombia, solicito muy atentamente, que el Ministerio TIC, me responda y me envié por medio digital este DERECHO DE PETICIÓN NO ES UN PQRSD, a la mayor brevedad posible las respuestas, las resoluciones y todos los documentos referentes a los siguientes puntos:

 

CONSIDERANDO:

A – Catalina Jiménez Villa -secretaria privada del viceministro de Conectividad Gabriel Jurado Parra, se encuentra en este momento asistiendo al Congreso Mundial de Móviles que se celebra en Barcelona.

B – Carolina Figueredo Carrillo -asesora Viceministerio de Conectividad Gabriel Jurado Parra- se encuentra en este momento asistiendo al Congreso Mundial de Móviles que se celebra en Barcelona.

 

SOLICITANOS
1 - Solicitamos muy amablemente nos respondan si el Ministerio TIC -de acuerdo a la RESOLUCION 214 DE 2021-, emitió las respectivas autorizaciones de comisiones - viaje de servicio y para atender invitaciones de gobiernos extranjeros o de organismos internacionales, el pago de viáticos y autorizar el trámite y pago de desplazamientos y el reconocimiento de gastos de transporte.

2- Solicitamos muy amablemente nos respondan si el Ministerio TIC autorizó la comisión – viaje, en cumplimiento de la resolución 214 de 2021 especialmente a su artículo 2º que dice textualmente: “Para ella, el empleado público, debe contar con previa autorización del Departamento Administrativo de la Presidencia, o en su defecto, por el Ministro (a)”. Por lo que preguntamos al Ministerio TIC, si envió a la Presidencia de la República de Colombia, la solicitud de Autorización para las comisiones – viaje de servicio y para atender invitaciones de gobiernos extranjeros o de organismos internacionales, el pago de viáticos y autorizar el trámite y pago de desplazamientos y el reconocimiento de gastos de transporte”. En caso positivo, por favor, remitirnos copias las cartas remisorias.

3 - Solicitamos nos respondan si el Ministerio TIC autorizó la comisión – viaje, en cumplimiento de la resolución 214 de 2021 especialmente a su artículo 3º literal b, que dice textualmente: “Comisión de servicios /Desplazamiento al exterior del país. Toda solicitud de comisión de servicio o desplazamiento al exterior del país con cargo a recursos del Fondo Único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones o por invitación de gobiernos extranjeros, entidades u organismos internacionales u organizaciones privadas sin ánimo de lucro, deberá venir acompañada de la agenda internacional, invitación del país y/o Entidad respectiva, la cual, deberá ser aprobada por, la Oficina Internacional del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones previa aprobación del Ministro(a). Surtido este paso, el comisionado procederá a iniciar el trámite en el sistema de comisiones cumpliendo todos los requisitos y pasos establecidos en el procedimiento de Comisiones Internacionales del Modelo Integrado de Gestión, con el fin de obtener la autorización del director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (DAPRE); así mismo, la Oficina Internacional del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones informará al (la) Secretario (a) General del Ministerio de Relaciones Exteriores, el objeto de la comisión o desplazamiento, ciudad, duración y funcionario o contratista que asistirá. PARÁGRAFO PRIMERO. Toda solicitud de comisión de servicios y/o desplazamiento que tenga por objeto la representación del Ministerio o del Gobierno Colombiano en eventos nacionales o internacionales, deberá surtir el procedimiento previamente descrito en el artículo 1 de la presente Resolución.PARÁGRAFO SEGUNDO. Los trámites de autorización de comisiones al exterior, de los funcionarios de las entidades adscritas y vinculadas a la Entidad, serán autorizadas a través de este Ministerio de conformidad con lo establecido en el artículo 2.8.4.2.1. del Decreto 1068 de 2015 y las demás directrices que se den por el gobierno o al interior de la entidad”. En caso de ser positiva la respuesta por favor enviarnos estas autorizaciones.

4 – Solicitamos muy amablemente nos respondan si el Ministerio TIC autorizó la comisión – viaje, en cumplimiento de la resolución 214 de 2021, en los parágrafos primero y segundo del artículo 3. En caso de ser positiva la respuesta por favor enviarnos estas autorizaciones.

5 – En caso haber autorizaciones de comisión – viaje, solicitamos muy amablemente nos respondan si el Ministerio TIC cumplió con las fechas de plazos fiadas en el artículo 4 de la resolución 214 de 2021. En caso de haber cumplió con estos plazos por favor remitirnos copias de los documentos con los plazos cumplidos.

6 - Solicitamos muy amablemente nos respondan si el Ministerio TIC cumplió con los términos del artículo 5 de la resolución 214 de 2021. En caso de ser positiva la respuesta por favor enviarnos estos documentos con las fechas.

7 - Solicitamos muy amablemente nos respondan si el Ministerio TIC cumplió con los términos del artículo 6 de la resolución 214 de 2021. En caso de ser positiva la respuesta por favor enviarnos estos documentos con las fechas.

8 – En caso de haber sido aprobados viáticos para estas comisiones – viajes, solicitamos nos envíen los documentos donde aparecen los viáticos y los gastos de desplazamiento, aprobados. En cumplimiento del artículo 7 de resolución 214 de 2021.

9 - Solicitamos muy amablemente nos respondan si el Ministerio TIC autorizó el pago de los tiquetes aéreos de estas comisiones – viajes, de acuerdo al artículo 9 de la resolución 214 de 2021.

10 – En caso de que el viaje de las funcionarias Catalina Jiménez Villa y Carolina Figueredo Carrillo, haya sido en licencia y no en comisión, solicitamos muy amablemente al Ministerio TIC, nos informa si se cumplió estrictamente con la norma para otorgar

11 - El numeral séptimo de la Circular No. 12 de 2022 expedida por el MinTIC, y lo establecido en el artículo 2.2.5.5.17 del decreto 648 de 2017 los empleados tienen derecho a permiso remunerado hasta por tres días (3) hábiles. Si este fue así, solicitamos muy amablemente nos respondan si el Ministerio TIC expidió estos permisos no remunerados.

Para su rápida referencia copiamos a continuación la respectiva norma: “Numeral séptimo de la Circular No. 12 de 2022 expedida por el MinTIC, y de conformidad con lo establecido en el Art. 2.2.5.5.17 del Decreto 648 de 2017 los empleados tienen derecho a permiso remunerado hasta por tres días (3) hábiles cuando medie justa causa y se ha establecido un procedimiento para la solicitud. En este sentido para un día de permiso, se requiere el diligenciamiento del formato establecido para ello (GTH-TIC- FM-002) con la respectiva justificación y aprobación del jefe inmediato; para dos días de permiso diligenciamiento del formato establecido para ello (GTH-TIC- FM-002) con la respectiva justificación, visto bueno del jefe inmediato y aprobación del Subdirector para la Gestión del Talento Humano; y finalmente para el permiso de 3 días, se requiere diligenciamiento del formato establecido para ello (GTH-TIC- FM-002) con la respectiva justificación, visto bueno del jefe inmediato y del Subdirector para la Gestión del Talento Humano y aprobación del Secretario General”. Entendemos que la ausencia a su lugar habitual de trabajo es desde el día 26 de febrero que hasta hoy 28 de febrero serían al menos cuatro (4) días de ausencia, como se puede ver en fotografías publicadas en redes sociales.

12 – En caso de requerir permiso por más de 3 días, ya se requiere el trámite de una licencia no remunerada. Solicitamos muy amablemente nos respondan si el Ministerio TIC expidió estas licencias no remuneradas.

13 – Entendemos que la representación oficial del Ministerio TIC recayó sobre el ministro TIC Mauricio Lizcano Arango y el viceministro de Conectividad Gabriel Jurado Parra, quienes fueron autorizados por resoluciones de autorización de la Presidencia de la República. No encontramos ninguna resolución a nombre de Catalina Jiménez Villa y de Carolina Figueredo. Cómo se pudo evidenciar en el respectivo sistema de comisiones del Ministerio TIC. Sin embargo, estas dos funcionarias aparecen en fotografías en redes sociales, con su respectiva escarapela de identificación del Congreso Mundial de Móviles 2024. Tampoco se encontró un trámite o permiso interno en el Ministerio TIC para comisión – viaje o para ausentarse por tres (3) días o licencia, ni para el caso de más de tres (3) días. Preguntamos amablemente al Ministerio TIC, si está permitido que un funcionario que viaja sin autorización de la Presidencia de la República haga uso de escarapela de identificación a nombre del Ministerio TIC.

Adjuntamos dos fotografías donde aparecen las funcionarias dentro del recinto del evento Congreso Mundial de Móviles 2024, con escarapelas.

 

NOTIFICACIÓN
Por favor enviar las respuestas, la información y la documentación a mi correo electrónico:

 

Cordialmente,
Orlando Rojas Pérez
C.C.
Celular:
Correo electrónico:
e

 

 

Ver nota:

 

MinTIC informa que Derecho de Petición fue radicado, pero también dicen que es un PQRSD
Reconfirmamos que es un Derecho de Petición.
http://www.evaluamos.com/?home/detail/18798

 

 

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