Comportamiento abusivo de operadores dominantes en Taller de la CRC

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Por Orlando Rojas Pérez desde Cartagena de Indias – Durante el IX Taller de la CRC, Cecilio Madero Villarejo –director General de Antimonopolio de la Comisión Europea, expuso varios casos de la conducta unilateral y del comportamiento abusivo por parte de los operadores dominantes. El caso más actual y que todavía no se ha fallado, así esté abierto desde el año 2010, es contra Google y fue respaldada por más de 20 quejas de empresas directamente y de muchas no directas. Por supuesto que Madero Villarejo se cuidó de no hablar de más, por supuesto para evitar ser recusado por Google. Por lo que se limitó a citar hechos públicos del caso. Pero sí se preguntó si ¿Las demoras, las dilataciones, en cerrar un caso no podría ser a la larga una “impunidad” para un supuesto culpable de abuso de poder dominante? Especialmente en el campo de las TIC, donde la evolución es dinámica diariamente. Un ejemplo citado fue el caso de un producto que aparece en la respuesta de una consulta en el buscador Google, pero posiblemente en una de las páginas finales de 30 que son mostradas. Google aduce que sí lo muestra, pero el dueño del producto alega que el consumidor solamente revisa los enlaces de máximo las dos primeras páginas y todos los productos  que se encuentran de la página tres en adelante, nunca son “vistos”. Agrega que ellos no aceptan entregar su producto gratis por aparecer en la primera página. Madero Villarejo reconoce que el algoritmo de la búsqueda de Google es excelente.

  

Otros casos

Madero Villarejo comentó de fallos como el que condenó a Intel con una multa de 1.100 millones de euros y le aplicó medidas correctivas para que se acabara las obligaciones que Intel le exigía aceptar a los fabricantes de computadores para que no fabricara equipos con procesadores AMD o le limitaba la cantidad de mercado a un 5%, por ejemplo. Madero resalta que aunque las multas son muy altas, muchas veces a los “dominantes” castigados les “duele” más las medidas que les aplican.

La Comisión europea ha castigado casos en los que se logra demostrar que un productor logró evitar que después de vencida la patente, que ya permitía producir libremente la molécula de una droga, otro productor no entrara al mercado con un producto genérico de bajo precio y pagó para ello. Curiosamente el productor inicial acusó a la Comisión de llevarlo a una situación deprimida, para rimar con el producto en mención que era una droga para combatir la depresión. Los dos laboratorios fueron castigados ya que la Comisión considera que nos e deben permitir restos hechos, así no exista una específica ley que lo prohíba.

Otro caso TIC fue el que ganó Apple contra Motorola Google, que poseía una patente de cierta tecnología que se requiere para poder utilizar un estándar. La Comisión falló a Favor de Apple y obligó a Motorola Google a abrir la tecnología de la patente.
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