Procuraduria emite alerta a Fiduprevisora por evaluacion

Por Orlando Rojas Pérez – La Fiduciaria La Previsora S.A. -Fiduprevisora- abrió la selección Invitación Abierta No. 004 de 2026 que tiene como objeto el “suministro de equipos de cómputo de escritorio y portátiles bajo la modalidad CaaS (Computer as a Service) - arrendamiento, que incluye servicios de instalación, configuración, soporte técnico, mantenimiento, garantía, ingeniería en sitio y bajo demanda, así como la prestación del servicio de mesa de servicios en niveles 1 y 2 para la atención y gestión de incidentes y requerimientos asociados a los elementos suministrados”, por un valor de treinta y tres mil ciento veintisiete millones ochocientos ochenta y un mil cuatrocientos ocho pesos ($33.127.881.408 COP). Lo primero a resaltar es que es una oferta para arriendo y no para venta. Sin embargo, en las condiciones de la oferta exigen certificación de experiencia en VENTA o ARRIENDO, cuando debería ser solamente en arriendo. Lo segundo es que la Procuraduría General de la Nación emitió el 23 de junio emite alerta preventiva en el escenario de mitigación de riesgos frente a este proceso. Advirtiendo entre otros, una doble valoración de la experiencia requerida, dado que esta ya fue requerida como requisito técnico habilitante, falta de documentos publicados como el análisis de mercado como de los estudios previos, soportes de la etapa precontractual.
La Alerta preventiva de la Procuraduría dice textualmente: “Teniendo en cuenta las circunstancias advertidas en el presente documento, esta Procuraduría Delegada exhorta a la Fiduprevisora S.A. a suspender el trámite de la Invitación Abierta No. 004 de 2026 y analizar en detalle los escenarios en los cuales la entidad tendría la posibilidad de terminar anticipadamente el proceso de selección, toda vez que de la información suministrada por este ente de control se desprenden escenarios de posible nulidad del negocio jurídico a celebrar. Con respecto a la posible nulidad, se recuerda que el artículo 899 del Código de Comercio señala: “Será nulo absolutamente el negocio jurídico en los siguientes casos: 1) Cuando contraría una norma imperativa, salvo que la ley disponga otra cosa; 2) Cuando tenga causa u objetos ilícitos, y 3) Cuando se haya celebrado por persona absolutamente incapaz”. Dicho esto, la nulidad constituye la invalidez del acto jurídico a manera de sanción por la existencia de vicios: “la patología consistente en la disconformidad (…) con las exigencias del sistema” En el escenario aquí planteado, desconocer los principios de igualdad, selección objetiva, publicidad, libre concurrencia, planeación y economía, constituiría una causal de nulidad absoluta por objeto ilícito, en virtud de lo dispuesto en el artículo 899 del Código de Comercio, comoquiera que se desconocerían normas imperativas y de orden público que hacen alusión al proceso de selección”.
Fiduprevisora se escuda en su régimen especial y en su manual de contratación, suspendió el proceso el día 24 de junio y dice haber enviado a la Procuraduría la documentación del análisis de mercado y los estudios previos. Falta ahora la respuesta final de la Procuraduría.

ALERTA PREVENTIVA DE LA PROCURADURÍA Imagen completa de la alerta preventiva de la Procuraduría

DESCARGUE EL ARCHIVO DE LA ALERTA PREVENTIVA DE LA PROCURADURÍA En formato pdf. http://www.evaluamos.com/pdf/RadicadoProcuraduria.pdf
IMAGEN DE EVALUACIÓN TÉCNICA DE NUEVA ERA SOLUCIONES SAS

En esta imagen se ve que la Fiduprevisora le acepta e indica CUMPLE a la oferta de Nueva Era Soluciones SAS, con certificaciones de experiencia en venta de equipos y no de arriendo, como debiera ser. Para concluir que le asigna el máximo de los 40 puntos a esta oferta. e
Ver nota:
Para competencia de ASML EEUU invierte en xLight La suma de 150 MUSD. http://www.evaluamos.com/?home/detail/20010

