Hasta el Consejo de Estado regaña a la CRC y la tilda de caprichosa

Columna de opinión de Orlando Rojas PérezPor Orlando Rojas Pérez – Por intermedio de un fallo del Consejo de Estado de la semana pasada, a una demanda presentada por RCN Televisión y Caracol Televisión, un nuevo revés sufrió la Comisión de Regulación de Comunicaciones -CRC-, acompañado de un fuerte regaño, en el que el Consejo de Estado, entre otros, tilda de caprichosa a la CRC. En pocas palabras el fallo suspende la suspensión a la entrada en vigencia que la CRC emitió el 8 de septiembre de 2015, en su resolución 4786.

 

EN SU PARTE RESOLUTIVA, EL FALLO INDICA:

PRIMERO: REPONER el auto del 6 de febrero de 2017, que negó la solicitud de suspensión provisional de los efectos de la Resolución nro. 4786 del 8 de septiembre de 2015 expedida por la Nación - Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y la Comisión de Regulación de Comunicaciones.

SEGUNDO: SUSPENDER PROVISIONALMENTE los efectos de la Resolución nro. 4786 del 8 de septiembre de 2015, “por la cual se suspenden los efectos del Reglamento Técnico para Redes Internas de Telecomunicaciones”, proferido por la Nación - Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y la Comisión de Regulación de Comunicaciones.

 

ANÁLISIS

El Consejo de Estado por la sentencia 11001 0324 000 2016 00295 00 suspendió la resolución 4786 de 2015 de la CRC. Esa resolución había suspendido la aplicación del RITEL. En palabras simples, el Consejo de Estado suspendió la suspensión del RITEL y por eso al salir la sentencia el RITEL entraría a regir (o en aritmética simple, menos por menos da más).
El RITEL es el reglamento para que las nuevas edificaciones cumplan con tener cableados internos de comunicaciones de propiedad y administrados por los copropietarios de los edificios para que todos los operadores puedan vender sus servicios sin que uno de ellos se apropie de esas redes internas y no deje entrar la competencia. Es un reglamento clave para que los usuarios compren servicios al operador que más les guste y cambien de operador sin problema y sin que tengan que abrir huecos y pasar cables por las fachadas o sin que el operador que elijan no pueda entrar porque otro operador ya se apropió de los ductos de los edificios y los mantiene amarrados.
La resolución 4786 se había expedido en septiembre de 2015, después de que el RITEL ya había entrado en vigencia. La sentencia dice que el RITEL alcanzó a estar vigente mes y medio. Es decir que el RITEL después de que la CRC discutió con todo el sector de forma pública fue aplicado durante mes y medio y luego la misma CRC lo suspendió, hace ya casi tres años. La CRC dijo en esa resolución que la razón de la suspensión era la difícil situación económica del país, pero en ese momento desde el Ministro de Hacienda y el Presidente todos decían que la economía iba viento en popa, luego no se explica por qué argumentaron esa razón. La versión de pasillo es que el vicepresidente Vargas Lleras mandó a suspender el reglamento porque para las viviendas gratis que estaban regalando por todo el país se les subían los costos y se les dañaba el negocio a los constructores porque el costo de esas viviendas tenía un tope que no podía ajustarse. ¿Cuál es la verdadera razón? Solo los que firmaron la suspensión lo sabrán...
La suspensión original que hizo la CRC se prorrogó luego dos veces más y actualmente el plazo para que el RITEL entre en vigencia es el primero de enero de 2019. Pero como el Consejo de Estado suspendió la suspensión, se caerían también las prórrogas de esa suspensión (o en matemática simple por la ley transitiva las prórrogas de una resolución tumbada por el Consejo de Estado quedarían también tumbadas); o sea que el RITEL se des suspendió y debe aplicarse gracias al Consejo de Estado.
¿Cuántas viviendas nuevas no tienen hoy redes adecuadas por los tres años casi que lleva suspendido el RITEL? Según Camacol desde septiembre de 2015 a la fecha se ha iniciado construcción de más de 400 mil viviendas que no tendrían los beneficios del RITEL. El RITEL obligaba a que las curadurías exigieran el diseño con ese reglamento al momento de pedir licencias de construcción.
La razón de la suspensión de la resolución que consideró el Consejo de Estado es que la CRC no cumplió con las normas de publicar para comentarios de todo el que quisiera comentar un proyecto de resolución, como sí hizo para discutir el reglamento original y como hoy en día está haciendo para ver qué le quita o qué le pone mientras lo ha tenido suspendido por casi tres años. O sea que el Consejo de Estado le dice a la CRC que suspender una norma que ya estaba expedida también tenía que ser mediante un proceso de discusión pública, por un lado la suspensión favoreció a algunos constructores de viviendas para regalar pero por otro lado el RITEL beneficiaba a los operadores nuevos que quieren competir con los operadores históricos que habían colonizado los edificios no dejándolos entrar a vender sus servicios, pero también beneficia a los usuarios que se favorecen con la posibilidad de más competencia para servicios de internet fijo, telefonía y televisión.
La demanda a la suspensión la colocaron los canales de televisión porque además el RITEL fijaba la obligación de colocar y mantener las antenas comunes para televisión abierta para que la gente pueda ver la TDT gratis sin tener que pagar por un servicio de cable, lo cual es parte de un problema de hace años porque cuando fue entrando la televisión por cable a los edificios, fueron desapareciendo las antenas comunes y el RITEL solucionaba ese problema al menos para las nuevas viviendas.
El Consejo de Estado le dice a la CRC que " incumplió su deber de publicar el proyecto de la Resolución nro. 4786 del 8 de septiembre de 2015 en su sitio web, con treinta (30) días de antelación a su expedición, razón suficiente para ordenar la suspensión provisional de sus efectos, pues omitió uno de los requerimientos para su existencia previstos en el ordenamiento jurídico en la forma en que se demostró."
Al ver el comunicado de la CRC y su nueva resolución 5405, vale la pena destacar: En el proyecto de resolución que publicaron la vigencia estaba desde el 1 de enero de 2019, ahora la movieron a julio de 2019 . Es decir que la CRC en pleno desacato al Consejo de Estado, busca darle seis (6) meses más de vida una norma que según el Consejo de Estado estaba vigente desde el año 2014, pero la CRC con sus dudosos caprichos busca matarla o dormirla.
Con esta resolución la CRC lo que busca es matar el reglamento RITEL, dejó solamente la obligación de un listado catálogo de dicho a vacíos.

 

¿LA CRC AL PUBLICAR HOY NUEVA RESOLUCIÓN  5405 INTENTA NO ACATAR FALLO DEL CONSEJO DE ESTADO?

En el día de hoy la CRC publicó un comunicado, que copiamos abajo y la resolución 5405 sobre el RITEL, con medidas que regirían desde el 1 de julio de 2019.

Curiosamente al intentar descargar la resolución completa, solamente se puede descargar las dos primeras páginas de las 57 páginas. ¿Error voluntario o involuntario?  


https://www.crcom.gov.co/uploads/images/files/resolucion_ritel_julio2.pdf
Una hora después de publicada esta nota, ya la resolución aparece completa.

 

TEXTO PUBLICADO HOY POR LA CRC

A partir de 2019, nuevos proyectos de vivienda contarán con infraestructura para soportar mejores redes de comunicaciones.

 Lista la modificación del Reglamento de Redes Internas de Telecomunicaciones – RITEL.

 La Comisión de Regulación de Comunicaciones – CRC, publica la Resolución 5405 de 2018 que modifica el Reglamento de Redes Internas de Telecomunicaciones – RITEL, el cual deberá ser aplicado en los proyectos de construcción que se diseñen a partir del 1 de julio de 2019.

Bogotá D.C., 16 de julio de 2018. Como resultado del trabajo conjunto con el sector de la construcción, los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones y las entidades de gobierno como el Ministerio Vivienda, Ciudad y Territorio, el Departamento Nacional de Planeación y la Superintendencia de Industria y Comercio, la CRC realizó la modificación al Reglamento de Redes Internas de Telecomunicaciones – RITEL.

La revisión del RITEL se centró en cuatro ejes principales:

1.    Definición de los actores responsables de desplegar la infraestructura de la red soporte y la red de telecomunicaciones dentro de las edificaciones para minimizar el impacto en el usuario.

2.    Definición de condiciones técnicas que impliquen el menor costo y permitan contar con infraestructura suficiente para que un usuario tenga la posibilidad de escoger, sin ningún tipo de restricción, al operador con el cual desea contratar sus servicios fijos. 

3.    Identificación de los actores responsables del mantenimiento de la infraestructura soporte y la red de telecomunicaciones, de tal forma que, en caso de daños, se presente el menor tiempo de indisponibilidad de los servicios al usuario.

4.    Definición de un régimen de transición para la aplicación del RITEL, de tal forma que los proyectos de construcción de vivienda de propiedad horizontal que están en curso no se vean afectados.

La actualización del reglamento es una buena noticia para impulsar el acceso a los servicios fijos de telefonía, internet y televisión en los hogares colombianos. A partir del 1 de julio de 2019, todos los nuevos diseños de proyectos de vivienda unifamiliar y multifamiliar, sometidos al régimen de propiedad horizontal, contarán con la infraestructura suficiente para que los usuarios ejerzan su derecho a la libre elección y contraten los servicios fijos con el operador que le ofrezca mayores beneficios a menor precio, sin tener que limitarse al primer prestador de servicio que llegue a su edificio.

El proyecto surge dada la necesidad de impulsar el acceso al servicio de internet fijo de banda ancha como herramienta de desarrollo económico, dado que en Colombia este servicio no supera el 13% de adopción, mientras que en países desarrollados es de 31%. Con esta decisión se busca impulsar la penetración de los servicios fijos de banda ancha en el país y facilitar el despliegue de redes de fibra óptica hasta los hogares colombianos.

“Nuestro propósito es lograr que cada día más hogares en el país cuenten con la infraestructura necesaria para que sus habitantes contraten el servicio con el operador que les ofrezca una mejor relación calidad-precio”, explicó Germán Darío Arias, Director Ejecutivo de la CRC.

Conozca aquí las modificaciones del Reglamento de Redes Internas de Telecomunicaciones – RITEL.(resolución  CRC 5405 de 2018)

 

IMAGEN COMPLETA DEL FALLO DEL CONSEJO DE ESTADO

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Ver nota:

5G Fucsia – Hasta Consejo de Estado regaña a la CRC

5G Fucsia – Hasta Consejo de Estado regaña a la CRC

S&C también advierte a la CRC, adiós Extreme Edition, no más Firefox para Android, 5.000 fabrican carro de Apple, bajan tarjetas gráficas, suben ventas de PC, ridícula multa a Facebook en R.U., Jorge Silva sale de Ms.

http://www.evaluamos.com/?home/detail/16427

 

 

 

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