Respuesta 1 de CRC a Comisión Sexta de la Cámara

Por Orlando Rojas Pérez – Publicamos la respuesta # 1 que la CRC le envía a la Comisión Sexta de la Cámara de Representantes sobre la citación que recibió para el día de mañana a las 9:00 de la mañana.

 

TEXTO COMPLETO DE LA RESPUESTA # 1
Respuesta en el final del documento de respuesta #1

Para dar respuesta a esta pregunta, inicialmente es importante recordar qué criterios y condiciones para determinar mercados relevantes, así como la existencia de posición dominante en dichos mercados se encuentran establecidos en el Título III de la Resolución CRC 5050 de 2016. Bajo estos lineamientos técnicos es que se identifican problemas de competencia en los mercados y se definen medidas regulatorias para corregirlos.

En el caso de los mercados relevantes minoristas relacionados con servicios de telecomunicaciones fijas40, es importante precisar que en su mayoría son de alcance municipal y que, excepto por el mercado de Terminación de llamadas fijo – móvil en todo el territorio nacional, ninguno de ellos hace parte de los mercados relevantes sujetos de regulación ex ante. Por ende, estos mercados son monitoreados con la información que reportan los operadores, se revisan en caso de tener algún indicio de problemas de competencia y en caso de ser necesaria alguna intervención, esta se hace en el nivel mayorista como primera medida.

Teniendo en cuenta lo anterior, entre los años 2017 y 2018 la CRC realizó una revisión de las condiciones técnicas, económicas y jurídicas de la prestación de telefonía fija en Colombia evidenciando que al igual que en otros países, este servicio se encuentra en una etapa de declive en su ciclo de vida, que se manifiesta en una disminución en la demanda de líneas, descenso en la generación de minutos, y la sustitución de la telefonía fija por la móvil que, en contraste, sigue mostrando crecimientos en la activación de líneas acompañada de un aumento moderado de tráfico. En todo caso, producto de esta revisión fue expedida la Resolución CRC 5826 de 2019, donde se actualizaron los costos mayoristas regulados del servicio fijo y se establecieron nuevas medidas que modifican la forma de marcar desde y hacia un teléfono fijo.

Acorde con lo anterior, es pertinente mencionar que en los años 2015 y 2016 la CRC adelantó la revisión del mercado de datos fijos41 y realizó el análisis de ofertas empaquetadas, ejercicios en los que, si bien se realizaron intervenciones en materia del régimen de protección de los derechos de los usuarios, no se identificaron problemas de competencia. Por tanto, sobre los mercados relacionados con servicios de telecomunicaciones fijas no se han identificado situaciones que demanden la apertura de alguna actuación administrativa especial tendiente a determinar algún tipo la dominancia por parte de algún proveedor.
 

A DESTACAR DE LA RESPUESTA
La última frase de la respuesta dice textualmente:
Por tanto, sobre los mercados relacionados con servicios de telecomunicaciones fijas no se han identificado situaciones que demanden la apertura de alguna actuación administrativa especial tendiente a determinar algún tipo la dominancia por parte de algún proveedor.

 

IMAGEN PARCIAL DE LA RESPUESTA # 1

 

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