Reality Prórroga Canal Uno Capítulo 3

 
 
Columna de opinión de Orlando Rojas PérezPor Orlando Rojas Pérez – La hija de la CNTV y con el mismo ADN ANTV decidió en forma muy dudosa y sospechosa extender prorrogar los contratos de concesión licencia de uso del Canal Uno, en una gran ilegalidad que debería ser investigada tanto por la Contraloría General de la República como por la Procuraduría General de la Nación. En este capítulo 3 se presentan los antecedentes del caso.
 

 
 
 
A CONTINUACIÓN LOS ARGUMENTOS EN FORMA DE PREGUNTAS EN PÚBLICO AL DIRECTOR DE LA ANTV RAMÓN GUILLERMO ANGARITA:
 
1 - Antecedentes
 
1.1 ¿Usted Ramón Guillermo Angarita director ANTV, es el mismo que aparece investigado de la época en que fue liquidador de Adpostal en este informe de Auditoría Gubernamental con enfoque integral de la Contraloría General de la Nación # CGR-CDIFTCEDR No. 059-11 de diciembre 11 de 2011? Especialmente en lo referente a la venta de inmuebles supuestamente por debajo del costo y además el local de Unicentro. Precisamente sobre este local de Unicentro, ¿Nos podría informar como es normal y acostumbrado al vender un bien, lo pagaron?
 
Enlace para descargar el documento completo desde la Contraloría:
 
 
 
1.2 ¿Nos podría actualizar en que terminó esa investigación o en qué estado va?
 
1.3 ¿Es cierto que la ley 1507 inhabilita a miembros de la junta directiva de la ANTV y dice textualmente?: "no podrán ser miembros de la Junta Nacional de Televisión ni Director de la ANTV: Quienes durante el año anterior a la fecha de elección, sean o hayan sido miembros de juntas o consejos directivos, representantes legales, funcionarios o empleados en cargos de dirección y confianza de los proveedores de redes y servicios de comunicaciones, incluidos los servicios de televisión"

1.4 ¿El miembro de la junta de la ANTV Alexandra Falla no se encuentra inhabilitada por venir de trabajar en un cargo directivo del concesionario de Trunking - Transmilenio? ¿La ANTV ya consultó a la Procuraduría General de la Nación sobre este caso? ¿La Procuraduría General de la Nación ya investigó este caso?

1.5 ¿El miembro de la junta ANTV Clara Beatriz Quiñones no se encuentra inhabilitada por venir de trabajar en un cargo directivo en el operador de la emisora de Radio Universidad Nacional? ¿La ANTV ya consultó a la Procuraduría General de la Nación sobre este caso? ¿La Procuraduría General de la Nación ya investigó este caso?

1.6 El miembro junta de la ANTV Olga Castaño no se encuentra inhabilitada por venir de trabajar en un cargo directivo en el operador de la emisora de radio Universidad de Antioquia? ¿La ANTV ya consultó a la Procuraduría General de la Nación sobre este caso? ¿La Procuraduría General de la Nación ya investigó este caso?
 
1.7 ¿Acaso no está Usted señor Ramón Guillermo Angarita director ANTV enterado que la ley que prohíbe prorrogar las concesiones es ley especial y no puede ser derogada tácitamente por una ley general y se requeriría revocatoria explícita, hecho que no se ha producido ni existe?

1.8 ¿Acaso no está Usted señor Ramón Guillermo Angarita director ANTV enterado que la reciente sentencia de la Corte Constitucional sobre la reversión de las redes celulares en el fondo lo que indica es que las condiciones de los contratos no pueden cambiarse arbitrariamente sin antes ajustar lo que corresponda a recursos estatales?
 
1.9 ¿Acaso no está Usted señor Ramón Guillermo Angarita director ANTV enterado que las condiciones del contrato de concesiones de espacios del canal UNO previeron que no había prorroga?
 
1.10 ¿Acaso no está Usted señor Ramón Guillermo Angarita director ANTV enterado que existen otras sentencias sobre prorrogas que indican que estas no pueden darse por cambios en la ley y deben respetarse las condiciones legales pactadas al momento del contrato, esto es, sin la ley 1150? ¿No conoce Usted por ejemplo la sentencia C 350 del 97 entre otras cosas dice: "De otra parte, las prórrogas, ha dicho el Consejo de Estado, implican un nuevo acuerdo de voluntades. Ellas son sobrevinientes o posteriores al contrato original; por ello en el evento de que se expida una nueva legislación a ellas no le son aplicables, como lo afirman algunos de los actores, las disposiciones de los artículos 38 de la Ley 153 de 1887 y 78 de la Ley 80 de 1993, que garantizan que los contratos se rigen por las leyes vigentes al tiempo de su celebración"?
 
1.11 ¿Cuánto se pagó por los valores iniciales de la concesión original del Canal Uno con DURACIÓN INPRORROGABLE DE 10 AÑOS?
 
1.12 ¿Es cierto señor Ramón Guillermo Angarita director ANTV que existe un concepto interno en la ANTV dado por la prestigiosa firma De Vivero Asociados que indica que en todo caso para poder prorrogar debía antes haberse realizado una convocatoria para verificar que no hubieran más interesados, pues de haberlos no se podría prorrogar?
 
1.13 ¿Es cierto señor Ramón Guillermo Angarita director ANTV que en los archivos de la ANTV y CNTV, existen registros de interesados adicionales a los actuales concesionarios del Canal Uno?
 
1.14 ¿Es cierto que la Universidad Nacional de Colombia se atrevió a dar concepto positivo sobre una supuesta extensión prórroga automática de las licencias concesiones del Canal Uno?
 
1.15 ¿Podría hacer público ese supuesto concepto de la Universidad Nacional?
 
 
No se pierda los capítulos anteriores de este Reality Prórroga Canal Uno:
 
Compendio del debate vía Twitter.
 
Derecho de petición del periodista Jorge Hernán Pelaez
 
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Al prorrogar concesiones del Canal Uno.
 
 
 
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